Desde la Federación Española de Asociaciones de Puertos Deportivos y Turísticos, FEAPDT, llevábamos años diciéndolo. Los puertos deportivos podemos contribuir a superar la actual situación económica invirtiendo a cambio de ampliar los periodos concesionales.
El Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, aprobado el viernes pasado por el Consejo de Ministros incluye una serie de medidas y cambios en los periodos concesionales, concesión de prórrogas, entre otras, que suponen una auténtica revolución y abre las puertas a las prórrogas de las concesiones actuales. Gran preocupación de todo el sector durante los últimos años.
Efectivamente, el pasado 25 de junio Puertos del Estado convocó a la Federación Española de Asociaciones de Puertos Deportivos y Turísticos a una reunión, como representantes del sector, para explicarnos el alcance de las reformas que se iban a aprobar de forma inminente. Estas reformas, eran en parte, fruto de una serie de propuestas y reuniones mantenidas entre Puertos del Estado y la FEAPDT. A la reunión asistió D. José Llorca, Presidente de Puertos del Estado y por parte de la FEAPDT, Gabriel de Sandoval, Patrick Reynes y Jaume Prats, Presidente, Secretario General y Asesor Jurídico de la Federación, respectivamente. Los representantes de la Federación salimos muy gratamente sorprendidos de ver el alcance de los cambios y de la apuesta de Puertos del Estado por los puertos deportivos.
A falta de un estudio detallado del Real Decreto Ley podemos resumir sus principales aspectos:
• Ampliación de los plazos concesionales de 35 a 50 años.
• Según recoge el Real Decreto Ley, el plazo que inicialmente se conceda a las nuevas concesiones no podrá exceder de cincuenta años, siempre teniendo en cuenta criterios como el volumen de inversión que realice el concesionario, la adecuación a la planificación y gestión portuarias, y el incremento de actividad que genere en el puerto, entre otros.
• Igualmente, el plazo inicial de las concesiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto Ley podrá ser ampliado hasta los cincuenta años a petición del concesionario y previo informe favorable de Puertos del Estado, cuando el concesionario se comprometa a una nueva inversión, contribuya a la financiación de las infraestructuras de conexión terrestres, o reduzca, al menos, un 20 por 100 las tarifas máximas incluidas en el título concesional.
• Una mejora muy sustancial, es que no habrá reversión de las obras en la prorroga de las actuales concesiones hasta los 50 años. Con ello se abarata el canon concesional y no se producirá un aumento del precio de los amarres.
• Se podrá alcanzar el plazo de 75 años si se cumplen una serie de requisitos adicionales que vienen definidos en el RDL.
• Estas medidas, además de homogeneizar los plazos concesionales de España con el resto de la Unión Europea, estimularán a la iniciativa privada, ya que se calcula que generarán una inversión adicional de entre 150-?200 millones de euros anuales, incrementarán la competitividad de los puertos y reducirán los costes logísticos.
El Real Decreto incluye toda una serie de mejoras adicionales que la FEAPDT está estudiando y analizando.
El trabajo de la FEAPDT tampoco acaba aquí. En la reunión del día 25 se acordó con D. José Llorca que en los próximos días la FEAPDT entregara una serie de propuestas que ayudaran mas a mejorar las garantías jurídicas y calidad de la gestión de los puertos deportivos y que casi seguro serán reguladas en breve por Puerto del Estado. Se refieren a la Tasa de Ayudas a la Navegación, Estimación Simplificada en la aplicación de las Tasas, embarcaciones abandonadas en las concesiones náuticas de los puertos de interés general, aplicación del IBI en las concesiones, etc.