Barco español – Bandera extranjera (23 abril 2013)

Ya es posible cambiar la bandera de nuestro barco a la de cualquier país europeo, liberándonos de cargas abusivas y tediosos procedimientos a los que la DGMM nos obliga en materia de seguridad, trámites, ITB. ¿Quiere conocer todas las ventajas?

Hace muy poco tiempo, la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) y la Dirección General de Tributos (Hacienda), se han visto obligados a reconocer la posibilidad de cambiar la bandera de cualquier barco de recreo español por la de cualquier país de la Comunidad Europea, manteniendo el barco en España y a nombre del mismo propietario, siempre que hayamos pagado los impuestos correspondientes (Es decir, el IVA y el nefasto impuesto de matriculación, único en España).
La Asociación de Navegantes de Recreo (ANAVRE) exigió a las administraciones este reconocimiento ante las dudas suscitadas por el decreto de abanderamiento y matriculación de embarcaciones aprobado en noviembre de 2010 y que permitía que un comprador residente en España mantuviese la bandera de un barco comprado en el extranjero.
Así la DGMM y Hacienda han resuelto que también los armadores españoles puedan cambiarla a voluntad y solicitar la bandera de otro país de Europa, siempre y cuando hayan abonado el impuesto extraordinario sobre determinados medios de transporte (Matriculación) y naturalmente el IVA.
(http://www.fondear.org, 15 abril 2013)
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